La condición de salud que significa haber contraído el Virus de Inmunodeficiencia Humano (VIH) tiene en Venezuela más de 15 respaldos jurídicos para la protección de los derechos humanos, ya que una de las realidades que viven las personas que tienen VIH es la estigmatización y rechazo producto de las invenciones que aún existen sobre la epidemia.
Durante más de 6 años la Organización StopVIH viene promoviendo en Nueva Esparta campañas de sensibilización sobre educación sexual, y a nivel nacional existen más de 100 organizaciones con un trabajo similar, además de todo el movimiento internacional que al respecto existe, sin embargo asegura Jhonatan Rodríguez, presidente de StopVIH, que cada día se hace más necesario recalcar información inequívoca sobre la epidemia ya que de esta manera habrá mayor respeto por los derechos de las personas que viven con la infección por el VIH.
Entre los documentos jurídicos con fuerza de ley para la protección de las personas que han contraído el virus están en principio la Constitución Nacional cuyos principios fundamentales establece valores de libertad, igualdad, justicia y paz así como el respeto a la dignidad de las personas.
Asimismo, la Resolución 292 del entonces Ministerio de Salud y Desarrollo Social, obliga a las instituciones prestadoras de servicio de salud a realizar la prueba de detección de anticuerpos contra el VIH a toda embarazada, previo consentimiento de la persona que será sometida al examen, y asegurarle orientación y confidencialidad del resultado.
En el ámbito laboral, se cuenta con la Resolución SG-439 del MSDS, de fecha 26 de agosto de 1994, que restringe el uso de la prueba de detección de anticuerpos contra el VIH para las solicitudes de empleo, continuar en la actividad laboral, ingresar a centros de estudios o cualquier otra situación que limite el libre ejercicio de los derechos humanos, lo cual se ratificó en el 2007, con un dictamen del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) que insta a los laboratorios a abstenerse de realizar la prueba cuando sea requerida por los patronos sin el consentimiento del trabajador, como requisito para el ingreso laboral.
Asimismo, existe la Norma Técnica Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo del 2008, emanada del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, las Normas para la prevención y control del VIH en el Personal Militar y en las Fuerzas Armadas Nacionales (2006), la Norma Oficial para la Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva (2004), la Ley de educación, prevención, atención y rehabilitación contra el VIH y Sida en el estado Mérida (2003), y la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).
Es importante destacar la jurisprudencia que sobre casos de violación a los derechos existe, como la Sentencia en el estado Zulia de asegurar la vida y la salud de las personas que viven con VIH en esa región, la Sentencia de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia que ordenó al Ministro de la Defensa a dictar medidas para preservar en secreto los diagnósticos de VIH del personal militar y civil que labora en ese despacho, y la Sentencia que acuerda ordenar al Ministerio del Poder Popular para la Salud la entrega de los medicamentos antirretrovirales, realización de exámenes de detección, monitoreo y seguimiento de la infección, así como la implementación de campañas de información y divulgación y toda la atención y asistencia a favor de las personas que con VIH y SIDA, entre otras.
Aunque el deseo de la Organización StopVIH es que minimicen las situaciones de violación de derechos humanos, recuerda que como aliada de Acción Solidaria (AcSol) mantiene activo su Programa de Atención Jurídica Especializada, apoyando a cualquier persona que vea limitados o violados sus derechos laborales, sociales o económicos por haber contraído la infección por el VIH y Sida.
Para más detalles acerca de esta y otras informaciones, visite el portal en internet www.stopvih.org y siga la cuenta @StopVIH en la red social tuiter.
Prensa, StopVIH, CNP. 6.126.