Autoridad Única de Salud debe responder a petición de Contraloría Social

Jhonatan Rodríguez, Presidente de StopVIH

“Los señalamientos que la Autoridad Única de Salud del estado Nueva Esparta ha realizado contra la Organización StopVIH son desmedidos y carecen de fundamento”, dijo el presidente de la ONG, Jhonatan Rodríguez, asegurando que la situación evidencia su desinformación sobre el trabajo de organizaciones y gremios en el Estado, y lo alejado que está de la realidad.

Rodríguez, informó que para el conocimiento público, la Organización StopVIH, durante sus 8 años de gestión, jamás ha recibido dinero del Ministerio del Poder Popular para la Salud ni de ningún otro ente del Gobierno Nacional, “los únicos aportes han sido de condones en 3 ocasiones, y por cierto en cantidades mínimas que no abastecen la demanda ni el volumen de nuestro trabajo”. Por lo que consideramos que las malintencionadas opiniones de Pedro Fernández distan de la realidad.

“Obviamente el director regional de salud está incómodo por las exigencias de los gremios de salud, incluyendo las de sus colegas médicos, y de odontólogos, bioanalistas, enfermeras, sindicato de trabajadores de la salud, pacientes oncológicos, y de la propia sociedad civil que viene denunciando la crisis que se vive en Venezuela en el sistema público de salud. Solo en Venezuela los usuarios de los centros de salud tenemos que llevar todo lo que requerimos para la atención y cuidado, ya que en muchos nosocomios hay escasez de insumos básicos”, afirmó.

Rodríguez recuerda, a manera informativa, que es importante conocer y reivindicar que, el derecho de petición de información pública se encuentra establecido en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), en concordancia con los artículos 28 y 143 Ejusdem, concatenados con el artículo 2 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA); por su parte las obligaciones/principios de Transparencia y Rendición de Cuentas que recae sobre el Estado, se encuentran contemplados en el artículo 11 de la Ley Orgánica de Administración Pública (LOAP), en concordancia con el artículo 141 de la CRBV y el Código de Ética para Servidores Públicos.

Finalmente, el derecho a la participación ciudadana en el control de gestión gubernamental, se encuentra contemplado en los artículos 62 y 141 de la CRBV, en concordancia con los artículos 25 y 75 de la LOAP, 2 y 58 de la Ley Orgánica del Poder Popular y 7 y 9 de la Ley Orgánica de Contraloría Social. Ello sin mencionar que de acuerdo al artículo 23 de la CRBV, estamos obligados a dar cumplimiento a dichos principios, recogidos en la Convención Americana Contra la Corrupción y la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción.

En tal sentido, Rodríguez, ratificó que apegados a estos derechos establecidos en el marco legal venezolano, “desde la Organización StopVIH, exige la Contraloría Social y Rendición de Cuentas, en la que la Autoridad Única en Salud Pedro Fernández muestre dónde se está gastando los recursos de los neoespartanos que fueron asignados a la región en la Ley de Presupuesto Nacional del año fiscal 2015, y si las camionetas de último modelo que usan en su Despacho son las sustitutas de las ambulancias y vehículos oficiales chatarras que se encuentran en el estacionamiento para servir al pueblo”.

Para conocer más detalles acerca de esta y otras informaciones, visite www.stopvih.org y sigue la cuenta @StopVIH en tuiter.

Prensa, StopVIH, CNP. 6.126.